Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo documentación de la Comisión Doméstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de este Vivo Decreto, Campeóní como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://carli047eoz4.luwebs.com/profile